RESPONSABILIDAD PENAL-DESAPARECIDOS-ABOGADOS-COMPETENCIA-JUECES
Texto
Debe considerarse simulada la libertad de quien fuera detenido en su domicilio en el marco de un operativo militar-policial y conducido a las instalaciones de la policía provincial, donde fue visto por alguno de sus ocasionales compañeros de detención y, si bien hay constancias de que fue puesto en libertad, se comprobó que la firma inserta en el acta resulta apócrifa. Si los imputados tuvieron capacidad decisoria sobre sus subordinados, o participación y ejecución de las órdenes ilícitas, corresponde atribuirles responsabilidad penal. La responsabilidad del abogado controlador no sólo radica en la intervención que le cupo en la confección de las actas de libertad y control de las mismas, sino además en constituirse en el abogado de confianza del grupo represivo y, teniendo en cuenta sus conocimientos, debió saber que la libertad de las personas no podía ser otorgada sino por un juez competente ni en virtud de causa judicial.
Fuente : OFICIAL
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL. CAPITAL FEDERAL, CAPITAL FEDERAL. [Sumarios relacionados] [Ver fallo completo]
Sala 03 (Catucci - Riggi - Borinsky)
Labarta Sanchez, Juan Roberto s/ Recurso de Casación
SENTENCIA del 8 de Febrero de 2013
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